lunes, 19 de noviembre de 2012

Evite el tarifazo encubierto de Hacienda

¿Quién no ha incorporado erróneamente algún dato personal, como el número del domicilio, en su Declaración de la Renta? ¿Alguien puede asegurar que no ha acudido a última hora del último día disponible para liquidar un impuesto? ¿Acaso nadie se encuentra casualmente de vacaciones cuando recibe una notificación tributaria? Son algunos de los casos que rigen la conflictiva relación entre el contribuyente y el fisco. Pero Hacienda ha decidido que este tipo de circunstancias formen parte del fraude, y dejen de ser considerados meros contratiempos. La consecuencia: más vigilancia, mayores multas y una responsabilidad mucho más contundente.La Ley 7/2012 de lucha contra el fraude no sólo pretende sacar a la luz los miles de millones de euros que se encuentran ocultos bajo el colchón. Además, supone «un fuerte endurecimiento de las sanciones en situaciones que no tienen por qué venir determinadas por la existencia de un fraude a la hacienda pública», explican d! esde la Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf).Desde el pasado mes de enero, las pequeñas y medianas empresas están obligadas a presentar cualquier clase de documento tributario por medios electrónicos, en vez de hacerlo en papel. Aunque ya ha transcurrido casi un año desde la implantación de una medida, que está generalizada, Hacienda refuerza esta postura al imponer una multa de 1.500 euros. Además, cuando se trate de empresas que tengan obligación de comunicar periódicamente al fisco diferentes datos que no incluyan valores monetarios (datos personales de trabajadores, contactos, etc.), y lo hagan «de forma incompleta, inexacta o con datos falsos », la sanción supondrá una multa de 200 euros por cada dato o conjunto de datos omitidos, inexactos o falsos. Si la información sobre la que debe comunicar la empresa contiene valores numéricos (retenciones de los empleados, por ejemplo), la multa será de hasta el 2%del importe de las operaciones no d! eclaradas o declaradas incorrectamente, con un mínimo de 500 ! euros.Pa ra los ciudadanos que tributen como personas físicas, el hecho de presentar una liquidación «de forma incompleta, inexacta o con datos falsos», la sanción consistirá en el pago de 150 euros. Para la organización Aedaf, esta heterogeneidad de sanciones «resulta contrarias al principio de proporcionalidad ». Porque una Declaración con datos correctos, pero presentada en papel en vez de a través de Internet, supone una multa de 1.500 euros; y otra Declaración, con información incorrecta, se sanciona con 150 euros. Esta organización advierte de que «Hacienda no oculta su intención» de extender la medida de presentar declaraciones exclusivamente por Internet a todos los contribuyentes.A partir de ahora, también habrá que estar atento al buzón su vivienda, aun si se encuentra lejos de su hogar por enfermedad o vacaciones, entre otros casos. Si recibe un requerimiento y no comparece en el plazo exigido, la multa ascenderá a 1.000 euros (3.000, si trabaja como a! utónomo o tiene una empresa). Lee la noticia completa en Finanzas.com

Fuente de la Noticias: Noticias de España

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